Tributación IRPF apuestas deportivas y juego ON LINE

Recientemente la Administración Tributaria (AEAT) ha iniciado una campaña de inspección a todas aquellas personas contribuyentes que han obtenido una ganancia mediante el método de apuestas deportivas, así como otras modalidades de juego on line.

El fundamento de dichas inspecciones, en la mayoría de los casos que nos han planteado nuestros clientes, radica en el hecho que en el ejercicio tributario 2011, las pérdidas obtenidas por dichas apuestas no computan como pérdidas patrimoniales, y ello al amparo del artículo 33.5 d) de la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del IRPF vigente en aquel periodo.

Si bien la redacción normativa en este aspecto puede parecer incuestionable, cabe manifestar que la aplicación en sentido estricto de la misma puede resultar atentatoria de la capacidad económica de los contribuyentes y a la vez tener un marcado carácter confiscatorio, ya que tal como sucede en otros rendimientos incluidos dentro del concepto de ganancias y pérdidas patrimoniales, el resultado final se obtiene siempre de la diferencia entre lo ganado y lo perdido. Pues de forma lógica y a modo de síntesis, la capacidad económica de todo contribuyente deriva de la diferencia entre lo obtenido y lo perdido. Y más si tenemos en cuenta que el citado precepto fue modificado para el año 2012 mediante Ley 16/2012 de 27 de diciembre, en el sentido de permitir el cómputo de las pérdidas derivadas del juego hasta el límite de las ganancias obtenidas en el mismo periodo.

En primer lugar, en el caso de recibir una liquidación provisional por reclamando el pago de las cantidades no declaradas por las ganancias derivadas de apuestas deportivas o juego on line, es muy importante comprobar la fecha de notificación de la liquidación provisional practicada por la Administración a los efectos de la posible prescripción del derecho de ésta a exigir el pago.

Asimismo, resulta aconsejable efectuar alegaciones a la liquidación recibida con la finalidad de defender sus intereses.

Autor Lluís Bautista Piñol
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